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La ley ya permite el teletrabajo como medida para la conciliación laboral

El pasado 8 de marzo entró en vigor el  Real Decreto-ley 6/2019 que estable una serie de mejoras en temas de igualdad y conciliación de la vida laboral y familiar. Dichas modificaciones legales deben ser incluidas en el próximo Convenio Colectivo que se está negociando, algo que CGT ya ha solicitado.  Entre las diversas modificaciones legales, creemos que es importante resaltar, para su inclusión en el convenio, las siguientes:

1-    Derecho a la adaptación de jornada, incluido el teletrabajo:

La actual redacción del Estatuto de los Trabajadores  recoge el derecho a solicitar las adaptaciones de la duración y distribución de la jornada de trabajo, incluida la prestación de su trabajo a distancia (Teletrabajo), para hacer efectivo el derecho a la conciliación de la vida familiar y laboral.  En  caso de tener hijos/as, las personas trabajadoras tienen derecho a efectuar dicha solicitud hasta que cumplan doce años.

2. Disfrute de hora por lactancia para ambos progenitores al tiempo:

Además, el artículo 37  posibilita que ambos progenitores, adoptantes, guardadores o acogedores, puedan ejercer el derecho del cuidado del lactante de forma simultánea.

3. Ampliación progresiva del permiso de paternidad

También se amplía el permiso por nacimiento y cuidado del menor para el progenitor distinto a la madre biológica, que se aplicará progresivamente desde 2019 hasta 2021.   El permiso será de ocho semanas en 2019, doce semanas en 2020 y dieciséis semanas en 2021.

Desde CGT hemos pedido que estas y otras mejoras incluidas en el reciente Real Decreto-ley 6/2019 se incluyan en el II Convenio de Empresas Vinculadas (CEV) que actualmente se esté negociando con una redacción mejorada, que facilite aún más la conciliación laboral y personal.

En todo caso y dado que ya está regulado legalmente, es un derecho que ya se puede solicitar y que la empresa debe atender,  abriendo  Telefónica un proceso de negociación con la persona trabajadora durante un periodo máximo de treinta días.

  Si deseas disponer de más información sobre alguno de estos puntos o solicitarlo a la empresa, puedes ponerte en contacto con la Sección Sindical de CGT en tu provincia o a través de este correo: federel.cgtele@cgt-sft.org  

Salud.